LA PAZ Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN UN CONTEXTO DE LIBRE MERCADO.



Abstract: El artículo hace una contextualización de los cambios sufridos en el tránsito del Estado de bienestar al modelo neoliberal, ubica el tema de la centralización como uno de los problemas históricos de Colombia, presenta los programas de desarrollo con enfoque territorial –PDET- y las Zonas de Reserva Campesinas –ZRC-, especialmente desde sus componentes de planeación y destinación presupuestal, como una de las estrategias para trasformar la administración sectorial a una territorial, que reconozca las demandas y perspectivas de quienes habitan los territorios periféricos. 


Además, resalta la necesidad de que los movimientos campesinos, propendan por defender iniciativas de descentralización administrativa y fiscal, que dé más autonomía a las regiones, para transitar a un escenario de paz. 

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Palabras Claves: Estado, Territorio, planeación (estratégica y normativa) apertura económica, paz, zonas de reserva campesinas -ZRC-, programas de desarrollo con enfoque territorial -PDET-, descentralización, Sevilla, Colombia. 
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El Estado de bienestar, se caracterizó por tener un fuerte aparato burocrático de servidores públicos, que buscaba garantizar el cumplimiento de los fines y funciones del estado al proveer directamente los servicios de educación, salud, agua, electricidad, entre otros. 

El modo de producción era eminentemente capitalista, aunque con algunas pequeñas diferencias con el actual modelo económico (neoliberal), ya que la teoría keynesiana, propendía por la inclusión de los ciudadanos al mercado laboral, al considerar que si las personas tenían trabajo, serian potenciales consumidores de los productos generados por la industria. 

Si bien, imperaba en las relaciones económicas principios planteados por los clásicos de la economía como Adam Smith y David Ricardo, en los que el mercado se autorregularía por medio del ejercicio entre la oferta y la demanda, y Colombia estaba dedicado por las lógicas de la división internacional del trabajo a la producción de materias primas, para abastecer las demandas de países industrializados como Gran Bretaña, los Estados Unidos, entre otros. El Estado ejercía algunas funciones de regulación de la economía, para evitar la creación de monopolios económicos que impusieran precios basados en intereses de las grandes corporaciones. 

La oleada neo-liberalizadora, inició en América Latina por medio de la dictadura militar de Pinochet en Chile y se expandió por diversas partes del continente apoyada en múltiples golpes de Estado, dicho modelo, asumió como base programática el denominado consenso de Washington y los lineamientos del economista Milton Friedman, en el que se dictaban directrices para avanzar en el achicamiento del Estado, profundizar la libertad de mercado y generar procesos de apertura a mercados internacionales. 

El Estado, perdió su protagonismo como agente de desarrollo, delegándole dicho papel a la empresa privada; algunos autores señalan que el modelo no sería tan extremadamente depredador, si en los lugares donde se implantará existiera un aparato estatal capaz de hacer control a las empresas y, una ciudadanía fortalecida para apoyar los procesos de vigilancia en la ejecución de los recursos públicos y exigibilidad de derechos. 

El neoliberalismo, demostró ser un fracaso para las clases bajas y medias, pero una bendición para el gran empresario y las corporaciones trasnacionales, porque les permitió devorar recursos públicos y bienes naturales sin ninguna mesura.

El proceso de descentralización del Estado, fue igualmente una frustración, la promesa de que al descentralizar las funciones se permitiría construir un estado con mayor capacidad de suplir las necesidades de las regiones periféricas, se ha quedado en una tarea incumplida. 

Para (Fals Borda & Borja, 1998), el ordenamiento territorial es considerado como uno de los problemas principales del país, por lo cual, es necesario en un escenario de construcción de paz, tener en cuenta la necesidad de un nuevo ordenamiento territorial, en el que se dé más autonomía fiscal y administrativa a las regiones, posibilitando la construcción de una república regional unitaria. 

“El ordenamiento territorial, en efecto, trata del manejo político -administrativo de los conjuntos humanos que ocupan espacios geográficos concretos, donde las comunidades ejercen funciones sociales ligadas a la economía, la cultura y el medio ambiente” (Fals Borda & Borja, 1998)

Por lo señalado anteriormente podemos indicar que, “la paz territorial” o el “enfoque territorial” que propone el actual proceso de paz, tiene retos inmensos para garantizar cambios sustanciales que dignifiquen la vida de la clase baja y media de la sociedad, y fortalezca el Estado en los territorios, para garantizar el cumplimiento de la reforma rural integral y la ampliación de la democracia. 

El acuerdo de la Habana, plantea lineamientos para fortalecer la participación ciudadana en la definición de los programas, planes y proyectos que estén orientados a la implementación de los acuerdos de paz, los PDET[1] (decreto ley 893 del 2017) por ejemplo, buscan ser un mecanismo que permita a las comunidades fortalecer sus procesos organizativos autónomos y plasmar sus visiones de desarrollo territorial en los PATR[2]; lastimosamente la administración pública no funciona solamente bajo la expedición de normas, existe otro tipo de problemas aún de carácter político y epistémico, sobre el cómo deben funcionar las entidades para garantizar dicho enfoque territorial. 

Para (Cerón, 2017), lo adecuado sería “implantar sistemas de planificación territorial que permitan el método estratégico de planificación, de modo que el horizonte y las revisiones no dependan de la cronología sino de las situaciones que son permanentemente cambiantes y complejas”. 

Contrario a lo señalado por el docente de la ESAP[3] Valle, la ART[4] ha venido implantando para la construcción de los PDET el método tradicional de planeación normativa, basada en esquemas centralizados, verticales y secuenciales, que no permite la adecuada participación y empoderamiento de las comunidades, para que efectivamente sus proyectos colectivos de desarrollo territorial se vean reflejados en la ejecución de dichos programas. 

A pesar de que Sevilla, Valle del Cauca, no fue uno de los 170 municipios seleccionados por la CSIVI[5] para la implementación de los PDET, por no cumplir con los cuatro requisitos estipulados para ser priorizado (nivel de afectación del conflicto, índice de necesidades básicas insatisfechas, presencia de economías ilegales y debilidad del estado), sería de gran importancia revisar como la figura de las zonas de reserva campesinas -ZRC[6]- podrían desempeñar un papel determinante en el proceso de modernización, empoderamiento ciudadano, trasformación regional y fortalecimiento del Estado local. 

Según la Coordinación Campesina del Valle del Cauca -CCVC-, las zonas de reserva campesina (ZRC) son el producto de la histórica lucha del campesinado colombiano por el reconocimiento del derecho al territorio y la territorialidad campesina, luchas agrarias que lograron que esta propuesta fuera contenida en el capítulo XIII de la Ley 160 de 1994 y posteriormente reglamentadas mediante el decreto 1777 de 1996; podemos además, definirlas como áreas geográficas que tienen en cuenta las características ambientales, agroecológicas y socioeconómicas regionales para el ordenamiento territorial, social y cultural de la propiedad, en búsqueda de estabilizar y consolidar la economía campesina. 

Para la construcción de una -ZRC- es necesario elaborar un plan de desarrollo sostenible, participativo y democrático, basado en las necesidades y expectativas de las organizaciones. Dicho ejercicio de planeación, deberá constituirse en un sistema integral de planeación y gestión, que permita generar un proceso coordinado entre municipio, academia y organización campesina; para los momentos de planeación, ejecución y control de las actividades. 

La trasformación sectorial a la territorial, se dará en la medida que las comunidades, instituciones locales y academia logren constituir sistemas de planeación, ejecución y control de los PATR y los planes de desarrollo sostenible de las ZRC; que deberán respetar el carácter vinculatorio y decisorio de las instancias de concertación comunitaria y obtener una adecuada destinación presupuestal del gobierno nacional para la ejecución de dichos planes. 

Pero, no bastara solamente con la construcción de esta figura de ordenamiento en el territorio, sino que, el proceso de planeación, participación ciudadana y gestión deberá servir a las entidades territoriales para redefinir sus formas de planificar. 

Igualmente, los movimientos campesinos deberán propender por respaldar iniciativas descentralizadoras, que den más autonomía fiscal y administrativa a las regiones, permitan redefinir los límites territoriales a partir de afinidades culturales, económicas, geográficas y ambientales, garantizando una equitativa distribución de la riqueza en las regiones, para que no exista centralidad en la destinación de los presupuestos.

Finalmente, debemos resaltar que el acuerdo de paz reconoce la necesidad de fortalecer la económica campesina, al comprender que en un contexto de apertura económica, las pequeñas economías son las más afectadas en un proceso de libre mercado. 


Referencias Bibliográficas: 

Ceron, M. A. (2017, agosto 11). MIGUEL ANGEL CERON: LINEAMIENTOS DE UNA PROPUESTA PARA LA GESTIÓN DE LOS PDET. Recuperado 1 de noviembre de 2017, a partir de http://miguelceron50.blogspot.com.co/2017/08/lineamientos-de-una-propuesta-para-la.html


Fals Borda, O., & Borja, M. (1998). «Guía Práctica del Ordenamiento Territorial en Colombia» Contribución para la solución de conflictos. Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales (IEPRI), Universidad Nacional de Colombia, Bogotá. Recuperado a partir de http://www.mamacoca.org/e_book_Compendio_rural/Orlando_Fals_Borda_guia_practica_ordenamiento.htm


1. Programas de desarrollo con enfoque territorial. 
2. Planes de acción para la transformación regional. 
3. Escuela superior de administración pública. 
4. Agencia de renovación del territorio. 
5. Comisión de seguimiento, impulso y verificación a la implementación del acuerdo final. 
6 Zonas de reserva campesina. 


Escrito por: Jhon Freddy Grisales Galvis
Estudiante Escuela Superior de Administración Publica -ESAP-


















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